Senderos Geológicos - Guía de Lugares de interés geológico de la Provincia de AlicanteSenderos Geológicos - Guía de Lugares de interés geológico de la Provincia de Alicante

Patromonio geológico de la Provincia de Alicante


El futuro del patrimonio geológico ante la nueva legislación

Submenú
Introducción
Geodiversidad
Otros aspectos
• Futuro ante la nueva legislación
Divulgación
Conclusiones

Ley de patrimonio natural y biodiversidad


Figura 12
El 14 de diciembre de 2007 se publica en el B.O.E. nº 299 la ley 42/2007 sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad. Aunque esta ley todavía no ha colmado las aspiraciones de la comunidad geológica en cuanto a defensa del patrimonio geológico de nuestro país, ha significado un avance muy destacado. En esta nueva ley se incluyen, por primera vez, varios artículos específicos sobre la puesta en valor, defensa y protección del patrimonio geológico. Díaz-Martínez et al. (2008) relatan detalladamente todos los logros de esta nueva norma entre los que destacamos los siguientes: (1) La protección de la geodiversidad es un deber de las Administraciones Públicas (Art. 5.2.f); (2) Es obligatorio la realización de un “Inventario de Lugares de Interés Geológico representativo de, al menos, las unidades y contextos geológicos recogidos en el Anexo VIII de la Ley (Art. 9.2.10); (3) Uno de los objetivos de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) es definir el estado de conservación e identificar la capacidad e intensidad de uso de la geodiversidad y de los procesos geológicos, previendo y promoviendo su conservación y restauración (Art. 17.b, c y f); (4) Entre los criterios para definir los espacios naturales protegidos están el “Contener sistemas o elementos … de especial interés … geológico” (es decir, contener patrimonio geológico), y la “protección y mantenimiento de … la geodiversidad” (Art. 27.1); (5) Un criterio para utilizar la figura de Parque para un espacio natural protegido (ENP) es su diversidad geológica (Art. 30.1); (6) Establece la figura de Monumento Natural para proteger “las formaciones geológicas, los yacimientos paleontológicos y mineralógicos, los estratotipos y demás elementos de la gea que reúnan un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales y paisajísticos (Art. 33.2).

Por otra parte, la ley hace especial referencia al término Lugar de Interés Geológico (LIG). En la página web del IGME, en su sección dedicada a patrimonio geológico (www.igme.es/internet/patrimonio/principal.htm), se incluye la siguiente definición de LIG: En su acepción más amplia, se considera que los LIGs pueden presentar interés científico, cultural y/o educativo, e incluso un interés paisajístico o recreativo. Pero lo que se suele valorar fundamentalmente es el valor científico, es decir, la información que ese lugar proporciona a la hora de recomponer la historia geológica de la zona o ilustrar el funcionamiento de un determinado proceso geológico. Por eso se suele valorar su rareza, escasez, singularidad o representatividad dentro de la geología de la zona, entre otros criterios de valoración.

Tal y como se demuestra en estas páginas, la provincia de Alicante tiene un rico y variado patrimonio geológico. Sin embargo, es justo reconocer la escasez de yacimientos minerales importantes desde el punto de vista del coleccionismo o del uso industrial. Únicamente poseen un elevado valor económico en la provincia las rocas ornamentales (tanto por su explotación actual como por sus reservas). Los yacimientos minerales más destacados de la provincia son los correspondientes a Ocres, Epidota, Celestina, Yesos y Halita (figura 13). El Ocre es el nombre genérico con el que se designaban a los óxidos (hematites) e hidróxidos de hierro. Han sido un recurso de interés económico en la provincia de Alicante, explotándose para pinturas, desde el último tercio del siglo XIX hasta el último tercio del siglo XX. Estas explotaciones se realizaban en la minas de “La Justa” “Felicidad” y “El Sabinar” en el término de Mutxamiel y “El Sabinar Segundo” en el término de San Vicente del Raspeig, existiendo otras antiguas explotaciones en l’Alfàs del Pi y Busot, entre otras. La Epidota (silicato de calcio, hierro y aluminio) se encuentra, con ejemplares de interés coleccionista, asociada a las diabasas de Albatera (Cabezo Negro) habiéndose encontrado buenos ejemplares en la cantera de áridos de “Los Serranos”. La Celestina (sulfato de estroncio) se encuentra con relativa frecuencia en el Cretácico del Prébetico Interno de la Provincia de Alicante. Se han encontrado bellos ejemplares de cristales en la zona de Agost-San Vicente del Raspeig- Alicante, principalmente en las canteras de Rabasa, El Verdegás y Agost, así como en las minas de “ocre” de la región. Este mineral (la celestina) llegó a explotarse en las minas del Cabeçò d’ Or. Los yacimientos de Yeso y Halita de la provincia de Alicante destacan tanto por su interés industrial como coleccionista. Dichos yacimientos se localizan en San Miguel de Salinas (Yeso) y Pinoso (Halita), y se explican detalladamente en los capítulos de este libro dedicados a los lugares de interés geológico nº 15 (Diapiro de Pinoso) y nº 20 (Yesos de San Miguel de Salinas).

Ley de desarrollo sostenible del medio rural


Figura 13
Gracias a las propuestas de la Comisión de Patrimonio Geológico de la Sociedad Geológica de España (ver Díaz-Martínez et al., 2008), esta nueva Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, especifica que “Se incluirán iniciativas para el conocimiento, protección y uso sostenible del patrimonio geológico, minero y biológico como recurso científico, cultural y turístico”.

Además, para incentivar la diversificación económica, propone el uso de recursos geológicos que existan en el entorno rural y que puedan ser utilizados para un desarrollo sostenible, dando prioridad a la conservación del medio ambiente, el paisaje y el patrimonio natural y cultural (Art. 20 g, capítulo VI).

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